Nuestro programa de cumplimiento se centra en cuatro pilares clave que sustentan los Principios Fundamentales y el marco de Responsabilidad Social Corporativa. Se espera que los empleados, clientes y proveedores estén familiarizados con los principios de este programa y atentos y activos en su cumplimiento.
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La corrupción se refiere a cualquier conducta por la cual un empleado, directivo o representante de la empresa solicita, recibe, ofrece o concede beneficios inapropiados para obtener ventajas personales o empresariales. * La Compañía rechaza categóricamente cualquier forma de Corrupción. * Evitar cualquier práctica de ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influir en las acciones de otra parte. * Aceptar regalos, entretenimiento y otras cortesías comerciales puede crear la apariencia de un conflicto de intereses. Reporte todos los regalos, comidas, viajes y entretenimiento recibidos de clientes o competidores al área de Cumplimiento de acuerdo con los umbrales establecidos en la política de regalos. * Informe cualquier posible conflicto de interés en el formulario de declaración disponible en el gestor documental. * Nunca realice o reciba pagos que sean o puedan ser interpretados como soborno, independientemente de las circunstancias, el monto, el beneficiario o el momento.
Es un acto intencional que implica el uso de engaño para obtener una ventaja ilícita o injusta o para evitar un requisito legal.
* La Compañía no acepta ni permite ninguna forma de fraude.
* Evite cualquier acto, omisión o tergiversación que, a sabiendas, induzca a error con el fin de obtener un beneficio financiero o de otro tipo.
* El fraude y el lavado de dinero están terminantemente prohibidos.
* Adulteración de documentos de rendición de gastos.
* Nunca se confabule con terceros externos que intenten obtener ilegalmente la posesión de los activos de la Compañía, ya sean financieros o intelectuales.
* Esta prohibido el uso indebido de datos o información confidencial.
El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el gobierno de los Estados Unidos y la Unión Europea imponen sanciones financieras y económicas a ciertas personas, empresas y países.Las sanciones pueden tomar diversas formas, como restricciones o prohibiciones de importaciones desde o exportaciones hacia países sancionados, transacciones financieras, etc., por lo cual se debe consultar antes de realizar negocios con un cliente o proveedor en un nuevo país, si están sujetos a sanciones.
Cualquier violación del derecho de la competencia (antimonopolio), ya sea voluntaria o involuntaria, tiene el efecto de alterar o reducir la competencia en un mercado determinado y está prohibida.
Todos los grupos de interés que evidencien conductas que vayan en contra de la ética de los negocios o en contra del código de ética de la compañía.
Los usuarios que realicen un reporte pueden conservar el anonimato o podrán identificarse. En caso de que el usuario se identifique se tendrá la opción de digitar un correo electrónico para ampliar la denuncia recibida en caso de que se necesite.
La identidad de las personas que suministran la información se mantendrá bajo absoluta reserva y sus datos serán tratados conforme a la ley 1581 de 2012 que constituye el marco general de protección de datos personales
A continuación, se presentan algunos ejemplos de situaciones que deben ser reportadas a través del buzón ético:
Invitamos a empleados, proveedores y clientes a reportar cualquier comportamiento ilegal o poco ético a través del siguiente portal de denuncias: